Análisis
Susana Aguilar
El acceso mundial a la educación en tiempos de COVID-19
- El derecho a la educación es un derecho fundamental de todos los seres humanos, ya que resulta vital para el desarrollo económico, social y cultural de todas las sociedades.
Actualmente, vivimos en una generación considerada como “nativa digital”, la cual se caracteriza por contener individuos que han crecido inmersos en las tecnologías de información y comunicación (TIC) teniendo con ello implicaciones directas respecto a la forma de socialización y el proceso de adquirir y divulgar conocimientos (educación). Sin embargo, estos nuevos modos y procesos conviven con otras generaciones que, al contrario de la “nativa digital” se han tenido que adaptar, cambiando además hábitos y formas de pensar en un contexto cada vez más intergeneracional.
De acuerdo con algunos cálculos y, considerando la diferencia temporal de los mismos, dentro de 12 años “estos “nativos digitales” podrían constituir 70% de la población mundial, situación que necesariamente tiene repercusiones importantes en los sistemas educativos. Los alumnos de hoy no tienen las mismas características de aquellos para quienes fueron creados los sistemas educativos tradicionales”[1]. A partir de esta realidad, sería oportuno y considerable pensar que ya no es posible continuar enseñando de la misma forma que se hacía antes.
No obstante, lo anterior no sólo implica una adaptación y transición al cambio de tecnología o aparatos electrónicos. Partimos bajo la consideración del acceso a estos elementos informativos como un hecho dado, como un derecho que tenemos todos por igual. Sin embargo, esta tecnología y su acceso para la educación más que un derecho, representan un privilegio para un sin fin de personas alrededor del mundo. La actual emergencia sanitaria provocada por la pandemia lo recalca y le otorga no sólo una importancia mayor, sino que deja entrever un problema que atañe a la sociedad internacional por igual y a sus respectivos sistemas educativos.
El derecho a la educación
El derecho a la educación es un derecho fundamental de todos los seres humanos, ya que resulta vital para el desarrollo económico, social y cultural de todas las sociedades. Además, últimamente ha adquirido una mayor relevancia en el mundo, en parte por el acelerado avance de la ciencia y la tecnología que han marcado una nueva pauta en la manera de educar, así como por el contexto sanitario que rige nuestro quehacer actual.
De esta manera, se encuentran declaraciones, pactos y convenios internacionales que, referentes a la educación, se establecen como un medio para alcanzar esos propósitos a nivel internacional, tales como:
- Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948[[1]](#_ftn1) (artículo 26)
- Declaración de los Derechos del Niño de 1959[[2]](#_ftn2) (principio 7)
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966[[3]](#_ftn3) (artículo 13)
- Convención sobre los Derechos del Niño de 1989[[4]](#_ftn4) (artículo 28)
A manera de ejemplo, se cita la primera de las Declaraciones antes mencionadas:
Conforme a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, artículo 26, numeral 1 “Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental”. Además, y de acuerdo con esta misma declaración, numeral 2 (mismo artículo) se menciona lo siguiente:
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
El artículo anterior permite comprender un poco más la importancia que la educación tiene no sólo para los seres humanos como individuos o como parte de una sociedad o una nación, sino su importancia para la sociedad internacional en su conjunto. Se ve a la educación como un medio, incluso tal vez de los más importantes, para lograr el objetivo principal y fin último de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) respecto al mantenimiento de la paz por medio de la compresión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones.
Dicho lo anterior, la educación no sólo resulta un elemento importante que permite el desarrollo social del ser humano, sino que es en la etapa elemental en donde encuentra el punto clave y el inicio de este desarrollo. Todo niño tendría que tener el derecho, sin perjuicio alguno de cierta situación, a recibir esta educación elemental en condiciones de igualdad de oportunidades y de calidad similares. Sin embargo, existe actualmente una gran necesidad de fomentar y alentar la cooperación internacional en cuestiones de educación, tomando como base y realidad que no todos los países cuentan con el mismo desarrollo y oportunidades de logro en éste ámbito.
Finalmente, se cita el artículo 3, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos[5] (CPEUM) referente a la educación, a manera de ejemplificar el compromiso que tienen diversos Estados Parte, para con las legislaciones anteriores, de plasmar normativamente el derecho a la educación y garantizar su acceso a todas y todos por igual:
Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.
Hasta ahora, se ha mencionado la nueva “etapa digital” por la que estamos pasando, su particular generación, los cambios en la forma de enseñar y aprender (educación) que eso conlleva y las distintas normatividades a nivel internacional que establecen el derecho de toda persona al acceso a una educación de calidad, aunado a su accesibilidad por cuantos medios sean necesarios a fin de garantizar ese derecho. Lo anterior resulta indispensable cuando nos encontramos inmersos en una sociedad internacional enmarcada por una crisis de salud provocada por la pandemia de COVID-19, en donde entre otras cosas, se requiere del acceso a elementos informativos con la capacidad de mantener la educación como un derecho no sólo para algunos, sino para todos.
No obstante, partimos de la realidad de la no existencia de derecho humano alguno que se cumpla en su totalidad, y si bien esta afirmación ya presumía de veracidad incluso antes de iniciar el presente año, la pandemia ha agravado el cumplimiento de muchos de ellos, incluyendo el tema de la educación. Pensar lo contrario, más que una posición idealista, caería en la clara incomprensión de la manera en la que funciona nuestro mundo. En palabras de Amnistía Internacional, “La batalla por los derechos humanos nunca se gana de forma definitiva en ningún lugar ni en ningún momento. Queda sobradamente claro que nadie puede dar por sentados sus derechos humanos”[6]. Bajo esta realidad, y considerando que incluso desde la implementación de este derecho, el acceso a la educación no llegaba a todas las personas, ¿qué tanto ha afectado la pandemia a este derecho?
El acceso a la educación durante la pandemia
Con motivo de la nueva realidad que nos abraza a nivel internacional, los servicios públicos en su mayoría se han visto en la necesidad de cerrar sus puertas en todos y cada uno de los países afectados por la pandemia, tal es el caso de las escuelas, lo que ha traído consigo desafíos educativos nunca antes vistos y que presentan un verdadero desafío para el “más del 90 por ciento de los países que han implementado alguna forma de política de aprendizaje a distancia”[1]. Estas políticas tienen que ver, en su mayoría, con el aprendizaje a distancia a través del acceso a distintos elementos informativos, tales como televisión, radio, computadora, dispositivos móviles, etc. y con el siempre constante y necesario acceso a internet para mantener las comunicaciones alumnado-planta docente-padres de familia.
Con motivo de lo anterior, y a fin de estimar el alcance potencial o no de estas nuevas formas de aprendizaje, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en colaboración con datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y el Banco Mundial (BM), ha creado un informe sobre el análisis del alcance potencial de las políticas de aprendizaje a distancia utilizando datos de 100 países[2]. Entre los datos más destacables de este informe, cuyo objetivo busca visibilizar la situación actual y con ello ayudar a los tomadores de decisiones de los distintos países a garantizar que más niños puedan adquirir una educación durante la pandemia, se encuentran los siguientes:
De acuerdo con el informe, al menos 463 millones de niños alrededor del mundo (31%) en una edad escolar que abarca desde preprimaria hasta secundaria, no han sido alcanzados por los programas de aprendizaje digitales a distancia transmitidos para contrarrestar el cierre de escuelas, tal como se muestra en la siguiente gráfica:
Fuente: UNICEF, “COVID-19: Are Children able to continue learning during school clousres?”, Número de estudiantes alcanzados y no alcanzados por los programas de aprendizaje digitales a distancia por región.
Para al menos el 31% de los niños en el mundo no existe lo actualmente denominado “aprendizaje a distancia”. Para la gran mayoría de estos niños su educación se vio completamente interrumpida durante los meses que han cerrado sus escuelas, estamos hablando de un problema educativo mundial, cuyas repercusiones podrían y van a sentirse en las economías y sociedades de las regiones y países más afectados, sin mencionar la gran probabilidad de que este porcentaje sea mayor de lo estimado en la realidad. Hay, además, aque considerar el hecho de que no es únicamente la presencia de tecnología necesaria para estudiar en el hogar la única variable. Hay niños cuyo nivel educativo ha disminuido debido a la falta de habilidades generacionales por parte de sus maestros o falta de apoyo por parte de los padres.
Asimismo, la gráfica anterior revela la notable desigualdad existente entre las diferentes regiones del mundo, resultando ser la más afectada la región de África Subsahariana, en donde el aprendizaje a distancia llega apenas a la mitad de los estudiantes. Por su parte, en Medio Oriente y Norte de África, el 40% de los estudiantes no tienen acceso a la educación a distancia (37 millones); en Asia Meridional este porcentaje resulta del 38% (147 millones); Europa Oriental y Asia Central con el 34% (25 millones); Asia Oriental y el Pacífico con 20% (80 millones); y América Latina y el Caribe con el 9% (13 millones).
Otro dato relevante que aporta el informe es el índice de acceso a la educación según el grupo de edad/nivel educativo, como se muestra en la gráfica siguiente:
Fuente: UNICEF, “COVID-19: Are Children able to continue learning during school clousres?”, Número de estudiantes alcanzados y no alcanzados por los programas de aprendizajes digitales a distancia por nivel educativo.
De acuerdo con la gráfica anterior, al menos dos de cada tres estudiantes de preprimaria no tienen acceso a la educación a distancia, lo que se traduce en casi el 70% (120 millones de niños) que se perderán, sin duda, una de las etapas escolares más importantes de su aprendizaje y desarrollo. De acuerdo con el Gobierno de Islas Canarias, “es en la primera infancia en donde la persona se enfrenta a sus primeros contactos comunicativos con el mundo y en esa etapa escolar realiza los primeros aprendizajes: el niño aprende, desarrolla y ejercita destrezas cognitivas, afectivas, sociales y motrices”[1].
Por su parte, el 29% de los niños en edad de asistir a la escuela primaria (217 millones) no tienen acceso a la educación a distancia, así como el 24% de los niños del primer ciclo de secundaria (78 millones) y el 18% en edad de asistir al segundo ciclo de secundaria (48 millones). Con lo anterior, es posible visibilizar la relación edad-acceso que se presenta, en donde entre menor edad o menor nivel educativo, el acceso a los niños a la educación a distancia se presenta con menor frecuencia que en aquellos de mayor edad o mayor nivel educativo, debido en gran medida a “los obstáculos y las limitaciones de este tipo de educación para los más pequeños: la falta de programas de educación a distancia para este nivel educativo, así como la ausencia de materiales para esta modalidad de aprendizaje en el hogar”[2].
Ya se mencionó anteriormente, en el apartado “El derecho a la educación” que este derecho, así como cualquier otro, no puede darse, desafortunadamente, por sentado. Antes, durante y después de esta terrible pandemia, siempre habrá personas que no tengan la oportunidad de acceder a tan valioso derecho fundamental. ¿Por qué pasa y seguirá pasando esto? Así como ocurre a nivel internacional, en donde existe un orden (aunque cambiante) internacional que rige el funcionamiento y determina las relaciones de los diferentes países entre sí, dentro de cada país y territorio existen clases sociales, en donde según “un concepto “objetivista” de la realidad social: una persona pertenece a una determinada clase social de acuerdo a su relación de propiedad con los medios de producción”[3]. En otras palabras, dicha realidad social es la que también podríamos llamar realidad capitalista, en donde cada persona se define por lo que tiene y/o puede tener.
Desigualdad social: el verdadero reto mundial
El Informe Mundial sobre Ciencias Sociales de la UNESCO en 2016, cuyo tema central de ese año fue el impacto negativo de la desigualdad sobre los ciudadanos, comunidades y países[1], identificó siete dimensiones de la desigualdad: económica, política, social, cultural, ambiental, espacial y basada en el conocimiento. A su vez, estas desigualdades pueden crear y reforzar división, marginación, exclusión y pobreza y tal y como se mencionara al final del apartado anterior, todo esto responde a un orden, a una estructura ya dada, que si bien no está predeterminada a un sujeto en particular (el pobre podría dejar de ser pobre, así como el rico podría dejar de serlo también) sí es un aspecto que se toma y hasta cierto punto se sabe inevitable (siempre va a haber ricos, así como siempre va a haber pobres) convirtiéndose así en una regla de funcionamiento social actual.
Es así como las asimetrías sociales (desigualdad) basadas en la posibilidad de tener acceso o no a los elementos informativos necesarios para continuar con la educación a distancia, representan el verdadero reto mundial para una buena y exitosa transición en el eje educativo de cualquier nación (de la enseñanza tradicional a la nueva enseñanza digital). El intercambio masivo de información puede resultar benéfico para reducir el distanciamiento mundial, sin embargo, puntualiza de igual manera los desniveles y desigualdades existentes entre comunidades, ciudades y países, en donde quienes tienen la oportunidad de poseer las herramientas necesarias, serán quienes participen plenamente en la sociedad y contribuyan a mejorar la calidad de los medios de subsistencia.
Finalmente, y con motivo del Día Internacional de la Alfabetización, declarado así el día 08 de septiembre de cada año por la Conferencia General de la UNESCO, y en donde “la Organización considera la adquisición y el perfeccionamiento de las competencias de lectoescritura a lo largo de toda la vida como parte intrínseca del derecho a la educación”[2] se hace más importante que nunca que los gobiernos puedan priorizar la reapertura escalonada de las escuelas con el fin de no continuar la educación a distancia en perjuicio de los más vulnerables. “A escala mundial, al menos 750 millones de jóvenes y adultos no saben aún leer ni escribir y 250 millones de niños no consiguen adquirir las capacidades básicas de cálculo y lectoescritura”[3]. Las cifras anteriores no sólo suponen un problema actual, sino un mayor problema a futuro si el acceso a la educación de calidad durante este marco de pandemia no llega a todos los niños desde su primera infancia y nivel de enseñanza.
Fuentes
Narro Robles, José; Martuscelli Quintana, Jaime y Barzana García, Eduardo (Coord.), “Plan de diez años para desarrollar el Sistema Educativo Nacional”, Dirección General de Publicaciones y Fomento Editorial, UNAM, http://www.planeducativonacional.unam.mx/index.html, (consultada el 05 de septiembre de 2020).
Declaración Universal de los Derechos Humanos (Francia: Asamblea General de las Naciones Unidas, 1948), artículo 26, numerales 1 y 2.
Declaración de los Derechos del Niño (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1959), principio 7, primer párrafo.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1966), artículo 13, numerales 1 y 2, incisos a, b y e.
Convención sobre los Derechos del Niño (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1989), artículo 28, numerales 1 y 3, incisos a y b.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (México: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2020), artículo 3, primer párrafo.
Amnistía Internacional, “Informe 2017/18 Amnistía Internacional: La situación de los derechos humanos en el mundo”, Amnistía Internacional, AI, https://crm.es.amnesty.org/sites/default/files/civicrm/persist/contribute/files/Informeanual2018air201718-spanish%20web.pdf, (consultada el 19 de septiembre de 2020).
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, “COVID-19: ¿Pueden los niños seguir aprendiendo durante el cierre de las escuelas?”, Organización de las Naciones Unidas, ONU, https://data.unicef.org/resources/remote-learning-reachability-factsheet/, (consultada el 07 de septiembre de 2020).
Ídem
Gobierno de Canarias, “Importancia de la Educación Infantil”, Gobierno de Canarias, Blog de Educación Infantil, http://www3.gobiernodecanarias.org/medusa/ecoblog/frodvege/importancia-de-la-educacion-infantil/, (consultada el 19 de septiembre de 2020).
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, “Al menos una tercera parte de los niños en edad escolar de todo el mundo no tuvo acceso a la educación a distancia durante el cierre de las escuelas debido a la COVID-19, según un nuevo informe de UNICEF”, Organización de las Naciones Unidas, ONU, https://www.unicef.org/es/comunicados-prensa/tercera-parte-ninos-no-tuvo-acceso-educacion-distancia-debido-covid19, (consultada el 19 de septiembre de 2020).
Bruno, Reis, «El concepto de las clases sociales y la lógica de la acción colectiva», Sociológica 20 (enero-abril 2005): 275-306.
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, “Informe Mundial sobre las Ciencias Sociales 2016”, Organización de las Naciones Unidas, ONU, https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000245825, (consultada el 19 de septiembre de 2020).
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, “Alfabetización”, Organización de las Naciones Unidas, ONU, https://es.unesco.org/themes/alfabetizacion, (consultada el 08 de septiembre de 2020).